21 de agosto de 2026
Cuánto tarda realmente un divorcio de mutuo acuerdo
Es la pregunta que más nos hacen después de la del precio, y es también la que menos nos gusta responder con una cifra exacta — no porque no queramos dar una respuesta clara, sino porque dar un número concreto sería, casi siempre, mentir un poco.
El plazo de un divorcio de mutuo acuerdo tiene dos tramos completamente distintos, y solo controlamos uno de los dos. El primero es el que va desde que empezáis con nosotros hasta que presentamos la demanda: reunir documentación, redactar el convenio, que ambos lo firméis. Ese tramo depende de vosotros y de nosotros, y normalmente es cuestión de días o pocas semanas si la documentación llega sin complicaciones.
El segundo tramo es el judicial, y ese ya no depende de ningún despacho: depende de la agenda del Tribunal de Instancia que tramite vuestro caso. El artículo 777.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice que, admitida la solicitud, el letrado de la Administración de Justicia os citará «dentro de los tres días siguientes» para ratificaros — ese plazo sí lo fija la ley. Pero desde que se presenta la demanda hasta que se admite y se señala esa cita, el tiempo varía mucho de un juzgado a otro, según su carga de trabajo.
Hay un factor que sí acelera las cosas de forma objetiva: si no tenéis hijos menores ni hijos mayores con discapacidad y medidas de apoyo atribuidas a los progenitores, resuelve directamente el letrado de la Administración de Justicia mediante decreto, sin necesidad de que intervenga el juez (artículo 777.10 LEC). Si los hay, resuelve el juez mediante sentencia, y antes tiene que recabarse el informe del Ministerio Fiscal sobre lo relativo a los hijos (artículo 777.5 LEC) — un trámite más, que añade tiempo.
Con todo esto, lo único honesto que podemos deciros es un rango: de uno a tres meses desde la presentación, según la carga de trabajo del Tribunal de Instancia competente. Es el mismo rango para los 43 partidos judiciales de Granada, Málaga, Jaén y Almería en los que trabajamos — no porque no hayamos investigado la diferencia entre juzgados, sino porque decir un número más preciso y distinto para cada uno sería una promesa que no podemos garantizar, y preferimos no hacerla.
Lo que sí podéis controlar es el primer tramo: cuanto antes nos hagáis llegar la documentación completa y firméis el convenio, antes empieza a correr el reloj judicial. Es la parte del proceso donde de verdad se gana o se pierde tiempo.